¿Necesita usted o su familia una exención provisional por presencia ilegal?
¿Ha acumulado presencia ilegal en los Estados Unidos y podría estar sujeto a una prohibición de 3 a 10 años si saliera del país?
Algunos familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales pueden solicitar una dispensa provisional por presencia ilegal en virtud de la Sección 212(a)(9)(B) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. ¡Llámenos con el botón de abajo para averiguar cómo podemos ayudar a los residentes que califiquen a recibir su exención!
Pasos
Cómo evaluaremos su caso
La exención I-601A se utiliza cuando el inmigrante desea obtener su Residencia Permanente y NO tiene antecedentes penales ni ninguna causa de inadmisibilidad, siendo que la única falta es haber ingresado ilegalmente a los Estados Unidos o haber sobrepasado su visa.
¿Quién puede solicitarlo?
Sólo un ciudadano de los Estados Unidos USC o un residente permanente legal LPR cónyuge o padre del inmigrante es elegible para ser el pariente calificado para solicitar la exención. Aquellos que tienen entradas y salidas erráticas a los Estados Unidos, aquellos con deportaciones previas, y aquellos que han cometido delitos graves no se les permite recibir una exención.
¿Qué ocurre después de que me aprueben el 1-601-a?
Una vez aprobado el indulto provisional, el solicitante debe tramitar su solicitud de visado y prepararse para una entrevista en el consulado de EE.UU. en su país de origen para completar el proceso de obtención de la residencia permanente.
Una vez aprobado el indulto dentro del país, se hace el trámite consular y se le da su cita en la Embajada Americana, pero el dicho es más fácil que el hecho.
Una vez aprobado el indulto por el USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos), el solicitante debe recibir un paquete de información de la Embajada de los Estados Unidos en su país de origen. El paquete le indicará que debe concertar una nueva entrevista en el consulado. Cuando regrese de la entrevista será residente legal permanente.
No espere, déjenos ayudarle con su exención.
PREGUNTAS FRECUENTES
Presencia ilegal es el periodo en el que se encuentra en Estados Unidos sin haber sido admitido o haber recibido permiso de entrada o cuando no está en un "periodo de estancia autorizado por el Secretario de Seguridad Nacional".
El gobierno tiene en cuenta la dificultad para el familiar del residente permanente legal o del ciudadano estadounidense que se quedaría atrás si el inmigrante fuera deportado y se le prohibiera regresar a Estados Unidos.
Actualmente, el proceso de solicitud de una Exención de Inmigración para Estados Unidos se resuelve entre 8 y 24 meses, aproximadamente.
Aunque las denegaciones de una dispensa I-601A no son recurribles, los solicitantes pueden volver a presentar una nueva solicitud de dispensa demostrando que disponen de pruebas nuevas o adicionales.
Depende del consulado. Por ejemplo, si eres de México, la cita consular en Ciudad Juárez, una vez aprobada tu dispensa, es de unos dos años. De países distintos a México la espera es de aproximadamente un año
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